¿Cómo se controla el teletrabajo en la empresa?

Con la crisis sanitaria del coronavirus y la implantación de la modalidad del teletrabajo, el Gobierno de España publicó en el BOE la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

¿Cómo se controla el trabajo a distancia?

En el ya mencionado artículo 7 de la Ley del teletrabajo se confirma la necesidad de elaborar un acuerdo de trabajo a distancia, firmado por la empresa y el empleado. En este acuerdo se recogen cuáles serán los medios de control de actividad utilizados por la empresa para supervisar el desempeño del trabajo de aquellas personas que desarrollen su puesto para medir por ejemplo la productividad de la persona contratada. Sin embargo, no se especifica cuáles se podrán ejecutar

Para poder gestionar correctamente el desarrollo del trabajo a distancia, este documento deberá recoger también:

  • Inventario de los equipos y herramientas, así como la vida útil o periodo máximo para la renovación de estos. 
  • Enumeración de los gastos que pudiera tener la persona trabajadora, así como forma de cuantificación por parte de la empresa. 
  • Horario de trabajo de la persona trabajadora y dentro de él, reglas de disponibilidad y control. 
  • Distribución entre trabajo presencial y trabajo a distancia. 
  • Centro de trabajo de la empresa al que queda adscrita la persona trabajadora a distancia y donde, en su caso, desarrollará la parte de la jornada de trabajo presencial. 
  • Lugar de trabajo a distancia elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia. 
  • Protocolo a seguir en caso de producirse dificultades técnicas que impidan el normal desarrollo del trabajo a distancia. 
  • Duración del acuerdo de trabajo a distancia, condiciones de reversibilidad del teletrabajo o si la empresa decide pactar un periodo de prueba. 

 

Medidas de control empresarial utilizados por las empresas
  • Monitorización de la actividad: mediante la implantación de programas, que controlan los tiempos de conexión y el tiempo que se dedica al trabajo. Además, se pueden hacer capturas de la pantalla del teletrabajador cada cierto tiempo e incluso rastrear el GPS del teléfono móvil, acceder a las páginas web que se visitan.

  • Dispositivos de control de presencia del empleado o registro de la jornada.

  • Establecimiento de indicadores y control de la progresión laboral del trabajo a distancia.

 

Así se recoge en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia



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